La Junta decide el ‘confinamiento’ de Linares tras el cariz que está tomando el contagio de coronavirus en esta localidad
Entra en vigor a las 8 de la mañana de este miércoles, 7 de octubre, lo que supone que se limitan las entradas y salidas de personas del municipio y otras medidas.
La Junta de Andalucía ha anunciado medidas de restricción a la movilidad de personas en Linares, lo que conlleva una limitación en las entradas y salidas del municipio, además de otras disposiciones. Tras los resultados del cribado masivo en Linares, el Comité Territorial de Alerta de Salud Publica de Alto Impacto en Jaén ha decidido restringir la movilidad después de que se hayan practicado 1.901 test y detectado 25 casos positivos, lo que arroja una tasa de incidencia de más de 1.000 positivos por PCR en los últimos 14 días por 100.000 habitantes.
Según ha informado la Junta, en Linares se limita la entrada y salida de personas del municipio salvo excepcionalidades (se permitirá la entrada y salida de personas por trabajo, centros de educación, servicios profesionales, cuidado a mayores, exámenes, servicio médico, entre otras), se limitarán los aforos y los horarios de la restauración a las 22,00 horas, y se reducirá el aforo de celebraciones como boda y comuniones a 30, entre otras medidas que persiguen controlar la expansión de Covid.
Este es el cuadro de medidas que durante mañana y durante dos semanas se aplicarán en Linares:
-No se permitirán visitas ni salidas a los usuarios en los centros socio-sanitarios de carácter residencial.
-Un máximo de 15 personas en velatorios al aire libre y 10 en espacios cerrados.
-Aforo máximo del 50% en todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público. Horario máximo de apertura: 22:00 horas. (Excepto farmacias, servicios médicos, veterinarios, combustibles y otros esenciales).
-Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al 50%, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Las mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a otras mesas. La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
-Cierre de peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativo-culturales y clubes, o establecimientos similares.
-Bodas y otras ceremonias civiles y religiosas: el número máximo de participantes será de 30 personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre.
-No se permitirá la apertura de mercadillos públicos o privados.
-Podrán realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido de la instalación. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de 6 personas.
-Con carácter general y sin perjuicio de lo dispuesto en la Orden de 19 de junio de 2020, de medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma, los aforos de las actividades servicios e instalaciones se reducen al cincuenta por ciento, salvo que tuvieran previsto uno inferior.
-Se suspende temporalmente la actividad en los parques y jardines públicos, así como parques infantiles de uso público.
-Se reforzarán las medidas preventivas en edificios de uso público, con sectorizaciones, flujos de personas, aforos, etc.
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