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Autónomos de hostelería, comercio, taxi, peluquerías y feriantes pueden solicitar ya las ayudas de mil euros de la Junta

La delegada del Gobierno explica esta línea de ayudas que contará con 80 millones de euros y se enmarca en un Plan cuyo presupuesto global es de 667 millones.

 

Las personas trabajadoras autónomas de la provincia de Jaén de los ámbitos de la hostelería, comercio, peluquerías, taxi y feriantes pueden solicitar desde hoy viernes y hasta el próximo día 29 de noviembre las ayudas de 1.000 euros de la Junta de Andalucía, que disponen de 80 millones de presupuesto total para la región. Esta medida urgente dirigida a los autónomos más afectados por la crisis sanitaria del

Covid-19 se enmarca en el Plan de apoyo a la pyme y a los autónomos que la Junta de Andalucía firmó el lunes con la Confedera-ción de Empresarios de Andalucía (CEA), la Asociación de Autónomos (ATA) y las cámaras de comercio el pasado lunes, con 10 líneas y un presupuesto global de 667 millones para la Comunidad Autónoma.

La delegada del Gobierno, Maribel Lozano, que ha presentado hoy estas ayu-das -junto con el delegado territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autóno-mo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, Francisco Joaquín Martínez- ha destacado que la prioridad del Gobierno an-daluz con las severas medidas que está aplicando “es salvar vidas”. Y ha rea-lizado un llamamiento en dos ámbitos: “en el personal, porque el comporta-miento responsable de cada persona es clave para poder parar la cadena de contagios de Covid-19, con tres premisas muy sencillas: uso de mascarilla, la-vado frecuente de manos y distancia interpersonal”; a la vez que ha hecho un segundo llamamiento a la implicación del resto de administraciones. “El Go-bierno andaluz está haciendo un gran esfuerzo al que tienen que sumarse Gobierno central, ayuntamientos y diputaciones”, ha destacado Maribel Lo-zano, que ha insistido en que “hace falta poner muchos más recursos para paliar la difícil situación de sectores que lo están pasando francamente mal”.

“Todo nuestro apoyo y agradecimiento al ímprobo esfuerzo que está haciendo cada negocio en nuestra provincia”, ha recalcado la delegada.

El delegado territorial de Empleo y Transformación Económica ha detallado las diversas ayudas, “ayudas urgentes para ayudarles hoy, de forma inmedia-ta, que pretenden ser un balón de oxígeno para que el tejido productivo local pueda resistir esta inédita situación, se puedan mantener negocios y empleos en la provincia”. Sobre los incentivos para autónomos de hostelería, comercio, peluquerías, transporte por taxi y feriantes, ha recalcado que se han tramitado en tiempo récord, se aprobaron este martes y ya hoy se pueden solicitar vía te-lemática en la web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autóno-mo (lajunta.es/2mzfw <lajunta.es/2mzfw>). Un sistema administrativo ágil para resolver en dos me-ses. A las 10 de la mañana de hoy ya se habían registrado más de 4.000 soli-citudes andaluzas.

El requisito para optar a esta ayuda -que se otorgará en concurrencia no

com-petitiva- es ser trabajador autónomo con domicilio fiscal en Andalucía, con alta en la Seguridad Social a fecha 14 de marzo y se exige seguir dado de alta cuando se inicie el plazo de presentación (hoy). Además, ha de mantenerse como autónomo al menos durante tres meses.

Los autónomos que pueden solicitar la ayuda son los enclavados en los códi-gos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) corres-pondientes a los sectores de hostelería, comercio, transporte por taxi, y en el epígrafe del Impuesto sobre actividades económicas (IAE) correspondiente a servicios de peluquerías, y que no sean beneficiarios de las prestaciones ex-traordinarias de cese de actividad que están vigentes a nivel estatal. Para el sector de feriantes, se establece que esta actividad debe estar identificada en los epígrafes del IAE.

También están incluidos, dentro de los sectores de hostelería, comercio y transporte por taxi, los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo aso-ciado que hayan optado por su encuadramiento como trabajadores por cuenta propia en el régimen especial de la Seguridad Social; los comuneros de las comunidades de bienes. Se excluye, en cambio, a aquellos autónomos que ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador, o presten otros servicios para una socie-dad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, cuando posean el control efectivo, directo o indirecto de esta sociedad.